Algunos clientes nos han preguntado recientemente por la obligatoriedad o no de llevar la fianza al INCASOL de los contratos de arrendamiento.
Con este escrito queremos resolver algunas dudas, pero si tenéis más, podéis llamarnos o ir directamente a la página web del INCASOL:
IncasolEl ingreso de la fianza en el INCASOL es OBLIGATORIO. La fianza de los contratos de alquiler se ha de depositar en el plazo de 2 meses a contar desde la formalización de los mismos.
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